PAGINA ACTUALIZADA
-COMERCIANTES DE CARBON DE OLMOS HACEN RETROCEDER AL GOBIENO REGIONAL.
-Modifican Ordenanza que suspendía guías forestales.
El Gobierno Regional de Lambayeque, dispuso modificar la Ordenanza Nro 005-2009 GR, donde suspendía por dos años la comercialización de carbón que tenían guías forestales autorizadas por INRENA, hecho que ha sido celebrado por la Asociación de Usuarios de Inrena del distrito de Olmos.
En consecuencia, desde la fecha, se puede nuevamente comercializar el carbón de los bosques de Olmos, que cuenten con las autorizaciones correspondientes.
Al mismo tiempo se ha designado una Comisión supervisora patra el cumplimiento de la Ordenanza 005-2009 GRL y en la cual se incluye al Presidente de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos, Grimaldo Monja Benites.
A continuación tenor de la modificatoria.
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2009-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 02 de junio de 2009
La Presidenta del Gobierno Regional de Lambayeque;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 01 de junio de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, con Acuerdo Regional Nº 034-2009-GR.LAMB/CR el pleno del
Consejo Regional en Sesión Ordinaria del día 12 de marzo de 2009, aprobó por unanimidad el dictamen Nº 001-2009-GR.LAMB/CRNGMA/JCPG de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, el mismo que propuso la
Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB./CR, la misma que declara en situación de emergencia los bosques secos de la Región Lambayeque, por un período de dos (02) años a partir de la publicación de la ordenanza regional citada, suspendiendo la entrega y ejecución de los planes de manejo forestal por dos (02)
años y promoviendo el ordenamiento y zonificación de los bosques secos de Lambayeque.
Que, a partir de la aprobación y publicación de la Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB/CR, los representantes de diversas organizaciones ligadas al manejo y uso del bosque seco a través de la extracción de madera , carbón, agro exportación y otras actividades silvoculturales tradicionales, han manifestado a través de documentos como: Carta Notarial de la Asociación de Comuneros y Usuarios de los recursos forestales Santo Domingo de Olmos, de la Asociación Regional de Productores del Limón Lambayeque, Comité de Gestión de Bosques Secos de Olmos, Asociación de Apicultores, comuneros en general y la sociedad civil
organizada; su preocupación por las dificultades para continuar realizando sus actividades ligadas al uso forestal y la ampliación de zonas agrícolas de los predios.
Que, la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente conociendo la problemática originada a partir de la aplicación de la citada ordenanza regional, recurrió a los involucrados como es la Gerencia de Recursos Naturales,
Organización de Gestión del Bosque Seco, Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre,
Comunidad Campesina de Olmos, especialistas en P.M.F., a fin de lograr una solución consensuada que tenga en cuenta la sostenibilidad económica y ambiental de los bosques secos ecuatoriales y de la región Lambayeque en General.
Que, con Acuerdo Regional Nº 061-2009-GR.LAMB/CR, el pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria del 14 de mayo de 2009, decidió por mayoría enviar la propuesta presentada por la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente para modificar y reglamentar la Ordenanza Regional Nº 005-2009-
GR.LAMB./CR al seno de la indicada Comisión, a fin de que mediante dictamen elevaran al Consejo Regional en un plazo no mayor de 08) días calendario, una propuesta de modificación y reglamentación de la citada ordenanza, a fin de que se pueda lograr una solución oportuna y adecuada social y ambientalmente, habiendo arribado la indicada Comisión a las siguientes conclusiones:
Que, se hace urgente y necesario emitir normas que modifiquen en parte, complementen, permeabilicen y prolonguen alcances, regulen y armonicen social, económica y ambientalmente la Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB./CR.
Que, los actores sociales organizados ligados al uso de los recursos
forestales han aceptado el desarrollo de actividades extractivas no sostenibles que ponen en riesgo el desarrollo de sus actividades adicionales, por lo que se hace necesario el otorgamiento de normas y acciones en el ámbito regional, a fin de conservarlos bosques secos en la Región Lambayeque y con esto la biodiversidad, identidad, productividad económica y los beneficios ambientales que otorga.
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
ARTICULO PRIMERO.- MODIFÍQUESE el Artículo Segundo de la
Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB./CR cuyo texto modificado es el siguiente:
“ARTÍCULO SEGUNDO.- SUSPÉNDASE temporalmente por un
período de dos años, compatible con el estado de emergencia, la recepción de nuevos Planes Generales de Manejo Forestal – PGMF, hasta que la Autoridad
Forestal y de Fauna Silvestre en coordinación con el Gobierno Regional de Lambayeque a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y estión del Medio Ambiente de manera oficial hayan establecido la clasificación de nuestros bosques secos. Esta medida estará acondicionada a los siguientes plazos específicos:
”
• Los POAs del 2008 culminarán su ejecución el 30 de agosto de 2009.
• Los POAs del 2009 culminarán su ejecución el 30 de octubre de 2009.
• Los PGMF que se encuentre en proceso de trámite ante la Autoridad Forestal serán evaluados por la Comisión Supervisora para verificar su viabilidad hasta diciembre de 2009
ARTÍCULO SEGUNDO.- INCORPÓRESE a la Ordenanza Regional
Nº 005-2009-GR.LAMB las disposiciones complementarias siguientes:
“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS”
“PRIMERA.- CONFÓRMESE la Comisión Supervisora
Multisectorial del Cumplimiento de la Ordenanza Regional Nº 005-2009- GR.LAMB./CR y su Reglamento, la misma que quedará integrada por:
• El Gerente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.
• El Administrador Técnico Forestal.
• El Director Regional de Agricultura.
• El Presidente de la Comunidad Campesina de la jurisdicción.
• Representante de la Mesa de Concertación Forestal”.
“SEGUNDA.- OTÓRGUESE un plazo de treinta (30) días
naturales al Ejecutivo Regional para que reglamente la presente norma regional, debiendo enviarse la propuesta de Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.AMB./CR al Ejecutivo Regional, a fin de que sea aprobado mediante Decreto Regional.”
POR TANTO:
MANDO SE PUBLIQUE, REGISTRE Y CUMPLA
Chiclayo, 02 de junio de 2009
La Presidenta del Gobierno Regional de Lambayeque;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 01 de junio de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, con Acuerdo Regional Nº 034-2009-GR.LAMB/CR el pleno del
Consejo Regional en Sesión Ordinaria del día 12 de marzo de 2009, aprobó por unanimidad el dictamen Nº 001-2009-GR.LAMB/CRNGMA/JCPG de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, el mismo que propuso la
Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB./CR, la misma que declara en situación de emergencia los bosques secos de la Región Lambayeque, por un período de dos (02) años a partir de la publicación de la ordenanza regional citada, suspendiendo la entrega y ejecución de los planes de manejo forestal por dos (02)
años y promoviendo el ordenamiento y zonificación de los bosques secos de Lambayeque.
Que, a partir de la aprobación y publicación de la Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB/CR, los representantes de diversas organizaciones ligadas al manejo y uso del bosque seco a través de la extracción de madera , carbón, agro exportación y otras actividades silvoculturales tradicionales, han manifestado a través de documentos como: Carta Notarial de la Asociación de Comuneros y Usuarios de los recursos forestales Santo Domingo de Olmos, de la Asociación Regional de Productores del Limón Lambayeque, Comité de Gestión de Bosques Secos de Olmos, Asociación de Apicultores, comuneros en general y la sociedad civil
organizada; su preocupación por las dificultades para continuar realizando sus actividades ligadas al uso forestal y la ampliación de zonas agrícolas de los predios.
Que, la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente conociendo la problemática originada a partir de la aplicación de la citada ordenanza regional, recurrió a los involucrados como es la Gerencia de Recursos Naturales,
Organización de Gestión del Bosque Seco, Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre,
Comunidad Campesina de Olmos, especialistas en P.M.F., a fin de lograr una solución consensuada que tenga en cuenta la sostenibilidad económica y ambiental de los bosques secos ecuatoriales y de la región Lambayeque en General.
Que, con Acuerdo Regional Nº 061-2009-GR.LAMB/CR, el pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria del 14 de mayo de 2009, decidió por mayoría enviar la propuesta presentada por la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente para modificar y reglamentar la Ordenanza Regional Nº 005-2009-
GR.LAMB./CR al seno de la indicada Comisión, a fin de que mediante dictamen elevaran al Consejo Regional en un plazo no mayor de 08) días calendario, una propuesta de modificación y reglamentación de la citada ordenanza, a fin de que se pueda lograr una solución oportuna y adecuada social y ambientalmente, habiendo arribado la indicada Comisión a las siguientes conclusiones:
Que, se hace urgente y necesario emitir normas que modifiquen en parte, complementen, permeabilicen y prolonguen alcances, regulen y armonicen social, económica y ambientalmente la Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB./CR.
Que, los actores sociales organizados ligados al uso de los recursos
forestales han aceptado el desarrollo de actividades extractivas no sostenibles que ponen en riesgo el desarrollo de sus actividades adicionales, por lo que se hace necesario el otorgamiento de normas y acciones en el ámbito regional, a fin de conservarlos bosques secos en la Región Lambayeque y con esto la biodiversidad, identidad, productividad económica y los beneficios ambientales que otorga.
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
ARTICULO PRIMERO.- MODIFÍQUESE el Artículo Segundo de la
Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.LAMB./CR cuyo texto modificado es el siguiente:
“ARTÍCULO SEGUNDO.- SUSPÉNDASE temporalmente por un
período de dos años, compatible con el estado de emergencia, la recepción de nuevos Planes Generales de Manejo Forestal – PGMF, hasta que la Autoridad
Forestal y de Fauna Silvestre en coordinación con el Gobierno Regional de Lambayeque a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y estión del Medio Ambiente de manera oficial hayan establecido la clasificación de nuestros bosques secos. Esta medida estará acondicionada a los siguientes plazos específicos:
”
• Los POAs del 2008 culminarán su ejecución el 30 de agosto de 2009.
• Los POAs del 2009 culminarán su ejecución el 30 de octubre de 2009.
• Los PGMF que se encuentre en proceso de trámite ante la Autoridad Forestal serán evaluados por la Comisión Supervisora para verificar su viabilidad hasta diciembre de 2009
ARTÍCULO SEGUNDO.- INCORPÓRESE a la Ordenanza Regional
Nº 005-2009-GR.LAMB las disposiciones complementarias siguientes:
“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS”
“PRIMERA.- CONFÓRMESE la Comisión Supervisora
Multisectorial del Cumplimiento de la Ordenanza Regional Nº 005-2009- GR.LAMB./CR y su Reglamento, la misma que quedará integrada por:
• El Gerente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.
• El Administrador Técnico Forestal.
• El Director Regional de Agricultura.
• El Presidente de la Comunidad Campesina de la jurisdicción.
• Representante de la Mesa de Concertación Forestal”.
“SEGUNDA.- OTÓRGUESE un plazo de treinta (30) días
naturales al Ejecutivo Regional para que reglamente la presente norma regional, debiendo enviarse la propuesta de Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 005-2009-GR.AMB./CR al Ejecutivo Regional, a fin de que sea aprobado mediante Decreto Regional.”
POR TANTO:
MANDO SE PUBLIQUE, REGISTRE Y CUMPLA
